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Reforma de la Ley PRL: qué cambia y qué hacer antes de 2027
El 16 de marzo de 2026, el Ministerio de Trabajo publicó el borrador del anteproyecto de reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Es la revisión más profunda en 30 años.
En esta edición encontrarás:
- Un análisis de los cambios clave por Susana Romero, especialista en seguridad y salud laboral
- Una checklist interactiva para empezar a prepararte ahora

Píldoras informativas para los héroes de la prevención
Actualizado: abril 2026 · Fuente: Anteproyecto de Ley publicado el 16/03/2026

Preparamos una checklist para saber en qué punto está tu empresa — y qué cambios puedes aplicar ya.
Por qué España necesita esta reforma ahora
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales lleva treinta años vigente. En ese tiempo el mundo del trabajo ha cambiado radicalmente: digitalización, teletrabajo, inteligencia artificial, nuevas formas de organización y riesgos que en 1995 no existían o no tenían nombre. La ley, sin embargo, apenas había sido modificada en sus aspectos estructurales. Los datos de siniestralidad de 2025 confirman que algo no está funcionando:
personas fallecidas en accidentes de trabajo
accidentes laborales registrados
de personas de baja laboral cada día de media
de coste estimado al sistema y a las empresas
Entrevista completa con Susana Romero
Con más de 20 años de experiencia en seguridad y salud laboral y actualmente responsable de Health, Safety & Wellbeing en CTAIMA, Susana Romero analiza los cambios más relevantes del borrador y responde a las preguntas que más se están haciendo las empresas ahora mismo.
"Treinta años de ley de prevención nos han demostrado algo fundamental: que las normas nos ayudan a establecer formas de actuar y nos dan protección jurídica. Pero no cambian la cultura."
Susana Romero
Health, Safety & Wellbeing Manager en CTAIMA
En qué punto está la reforma de la Ley PRL
El 16 de marzo de 2026 el Ministerio de Trabajo y Economía Social publicó el borrador del anteproyecto. Es un texto articulado, con cambios concretos y fechas orientativas. Eso marca una diferencia importante respecto a las fases anteriores, donde solo había orientaciones políticas y acuerdos marco.
Lo que sabemos
CONFIRMADO EN EL BORRADOR
- Resultado de año y medio de negociación entre el Gobierno, CCOO y UGT. Acuerdo firmado el 10 de febrero de 2026.
- El borrador fija el 2 de enero de 2027 como fecha de entrada en vigor para la mayor parte de los cambios.
- Algunos requisitos de formación tienen plazos de adaptación progresiva hasta 2028.
Lo que no está cerrado
PENDIENTE DE TRAMITACIÓN
El borrador debe superar la tramitación parlamentaria. No es de obligado cumplimiento hasta ser aprobado como ley.
La situación política hace que los plazos sean inciertos. La aprobación en las fechas previstas no está garantizada.
Aspectos como el nuevo reglamento de coordinación de actividades empresariales llegarán mediante normativa posterior.
¿Qué significa esto para tu empresa? No hay obligación inmediata, pero sí una dirección muy clara. Las empresas que empiecen a prepararse ahora llegarán con ventaja cuando la ley entre en vigor.
Los 5 cambios principales de la reforma de la Ley PRL
El borrador no es un retoque. Redefine conceptos fundamentales y de ahí se derivan cambios concretos en cómo las empresas deben evaluar, planificar, formar y organizar la prevención. Estos son los seis bloques que más van a afectar al día a día.
1
Se amplía la definición de daño laboral — y con ello, todo lo demás
El riesgo ya no se limita al daño físico. La reforma incorpora explícitamente la dimensión social, emocional y cognitiva, dando por fin protagonismo legal a los riesgos psicosociales. Estrés, burnout, sobrecarga, ambigüedad de roles: todo eso pasa a ser riesgo gestionable para la organización, no molestia individual.
2
Obligación de adaptar el puesto a la persona
No es nuevo en el espíritu de la ley, pero ahora se detalla cómo hacerlo. Incluye el retorno al trabajo tras bajas largas (con atención a la salud mental), la adaptación de EPIs a cada persona y la gestión de la diversidad de género y edad. Un pedido estándar de EPI para todos, por ejemplo, ya no será suficiente.
3
El acoso laboral entra en la ley PRL en su visión completa
La reforma introduce el acoso en sentido amplio: laboral, por razón de género, sexual y en entorno físico y virtual. También contempla el uso indebido de acoso en sentido amplio. La empresa tendrá que acreditar protocolos activos, no solo políticas declarativas.
4
La formación práctica pasa a ser presencial
Obligatoriamente presencial. Además, se definen itinerarios profesionales diferenciados para técnicos básico, intermedio y superior. El plan formativo de tu empresa tendrá que adaptarse no solo al contenido, sino a las personas: sus edades, sus perfiles, sus necesidades.
5
La organización preventiva cambia: más obligaciones, nuevas figuras
El borrador modifica los umbrales y las condiciones para la organización de la actividad preventiva en las empresas. Se crea la figura de los agentes territoriales de prevención y el recurso preventivo se refuerza.
¿Por dónde empezar a trabajar?
Verifica en qué punto está tu empresa.
Coordinación de Actividades Empresariales: del papel a la supervisión real
La reforma de la Ley 31/1995 aborda la coordinación de actividades empresariales (CAE) desde una premisa clara: la gestión documental no es suficiente. El objetivo del borrador es que la coordinación sea un proceso preventivo real, no un intercambio de documentos que nadie verifica. ¿Qué cambia en la CAE con la reforma de la Ley PRL?
El borrador establece un deber explícito de vigilancia para las empresas que contraten trabajadores autónomos en actividades peligrosas en su centro de trabajo, aunque esa actividad no sea la propia actividad de la empresa principal.
Es una ampliación concreta y directa de la responsabilidad del empresario principal.
La reforma prevé que en el plazo de un año desde su entrada en vigor se actualice el Real Decreto 171/2004, que regula la coordinación de actividades empresariales.
Ese desarrollo reglamentario modernizará la CAE y la hará más operativa para pasar de una gestión documental a control efectivo de las empresas contratistas.
La ampliación de los riesgos a gestionar —psicosociales, climáticos, acoso— y los nuevos requisitos de evaluación, formación y adaptación aumentarán el la complejidad del intercambio en el marco de la CAE.
Las empresas que trabajan con contratistas tendrán que ser más ágiles y rigurosas en la gestión de esa información.
"La coordinación de actividades empresariales va a pasar de una gestión CAE documental a una gestión efectiva, de supervisión y control real de las empresas contratistas. Y ese cambio conviene anticiparlo sin esperar a que cambie ninguna norma."
Susana Romero
Health, Safety & Wellbeing Manager en CTAIMA
CHECKLIST INTERACTIVA
Prepara tu empresa para la reforma de la Ley PRL
Hemos preparado una checklist interactiva de autoevaluación para que sepas exactamente en qué punto está tu empresa y qué pasos dar antes de que la ley entre en vigor.
Completa el formulario para acceder a la checklist →
Preguntas frecuentes sobre la reforma de la Ley PRL
No. El anteproyecto publicado en marzo de 2026 es un borrador. No tiene efecto legal hasta que sea aprobado como ley por las Cortes Generales.
Sin embargo, muchas de las actuaciones que propone —mejora de la evaluación de riesgos psicosociales, revisión del modelo preventivo, mejora de la coordinación con contratistas— tienen sentido hacerlas ya, independientemente de la aprobación de la ley.
Los riesgos psicosociales son aquellos derivados de las condiciones de organización del trabajo que pueden afectar a la salud mental y emocional de las personas: estrés, burnout, sobrecarga, acoso, falta de autonomía, ambigüedad de rol, ritmos impuestos por algoritmos, entre otros.
La reforma los incorpora explícitamente como riesgos de obligatoria evaluación y gestión, al mismo nivel que los riesgos físicos o químicos.
La reforma refuerza el deber de vigilancia del empresario principal, especialmente cuando contrata trabajadores autónomos para actividades peligrosas en su centro de trabajo.
Además, prevé la actualización del Real Decreto 171/2004 en el plazo de un año desde su entrada en vigor. La dirección del cambio es clara: pasar de una gestión CAE documental a una supervisión y control efectivo del cumplimiento normativo de contratistas y subcontratistas.
Sí. Los cambios aplican a todas las empresas, independientemente de su tamaño.
Aunque el borrador prevé algunas medidas específicas de apoyo para pymes —como los agentes territoriales de prevención o la bonificación de la formación—, las obligaciones en materia de evaluación de riesgos psicosociales, perspectiva de género y edad, y coordinación con contratistas se aplican a todo el tejido empresarial.
El anteproyecto de ley es la propuesta formal del Gobierno para modificar la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Se publicó el 16 de marzo de 2026 y es el texto más concreto y articulado que existe hasta la fecha sobre la reforma. La diferencia respecto a la ley vigente es que amplía el concepto de daño laboral, incorpora nuevos riesgos, modifica los umbrales organizativos y establece nuevas obligaciones en formación, adaptación del puesto, acoso y coordinación con contratistas.
Las empresas que no hayan adaptado su sistema preventivo cuando la ley entre en vigor podrán ser objeto de actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales se tipifican en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), con sanciones que pueden llegar a ser muy elevadas en los casos más graves. Más allá de la sanción, el riesgo reputacional y humano de un accidente o enfermedad laboral que podría haberse prevenido es el argumento más sólido para anticiparse.
