Qué documentos exigir a un contratista de mantenimiento

Twind Team

Comunicación y contenidos

noviembre 2, 2026
Documentos a exigir a un contratista de mantenimiento - técnico revisando su documentación antes de entrar en planta

A un contratista de mantenimiento en España debes exigirle, como mínimo, la evaluación de riesgos y la planificación preventiva de los trabajos que va a hacer, la acreditación de que ha formado e informado a sus trabajadores, el alta en la Seguridad Social de cada trabajador y, si el servicio es de tu propia actividad, el certificado de estar al corriente con la Seguridad Social. A eso se suman los documentos de los equipos que trae (marcado CE, revisiones) y los específicos del tipo de trabajo: trabajos eléctricos, en altura, en espacios confinados o en caliente. La base es el artículo 24 de la Ley 31/1995 y el Real Decreto 171/2004, que regulan la CAE (Coordinación de Actividades Empresariales), y el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores. Pide siempre la documentación antes de que el contratista empiece a trabajar, no después.

Documentos de empresa que debes exigir a un contratista de mantenimiento

Los documentos de empresa acreditan que el contratista de mantenimiento gestiona la prevención y está al día con la Seguridad Social y Hacienda. El artículo 10 del RD 171/2004 obliga al empresario principal a exigirlos por escrito antes del inicio de la actividad cuando el contratista hace trabajos de su propia actividad en su centro.

DocumentoPor qué se pideBase legalCada cuánto revisarlo
Evaluación de riesgos de los trabajos contratadosAcredita que el contratista ha analizado los riesgos de lo que va a hacer en tu centroArt. 24.3 Ley 31/1995 y art. 10 RD 171/2004Al inicio y cuando cambien los trabajos
Planificación de la actividad preventivaMuestra las medidas que aplicará frente a esos riesgosArt. 24.3 Ley 31/1995 y art. 10 RD 171/2004Al inicio y cuando cambien los trabajos
Modalidad preventiva (concierto con servicio de prevención ajeno o designación de propio)Identifica quién gestiona su prevenciónLey 31/1995 y RD 39/1997Anual o al vencer el concierto
Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social (art. 42 ET)Si el servicio es de tu propia actividad, te protege frente a la responsabilidad por sus deudasArt. 42.1 Estatuto de los TrabajadoresPeriódicamente durante el contrato
Certificado de estar al corriente con Hacienda para contratistasLimita la responsabilidad subsidiaria por deudas tributarias en contratas de propia actividadArt. 43.1.f Ley 58/2003 General TributariaCada 12 meses
Seguro de responsabilidad civil y justificante de pagoCubre daños a terceros en tu instalaciónRequisito contractual habitual, no legalAl vencimiento de la póliza
Listado de subcontratas, si las hayTe permite extender el control a toda la cadenaArts. 4 y 10 RD 171/2004Cada vez que se incorpore una

La Seguridad Social permite que la empresa principal solicite directamente estos certificados del artículo 42 a través del Sistema RED, si la contrata la autoriza previamente (Tesorería General de la Seguridad Social).

Documentos de cada trabajador del contratista de mantenimiento

Los documentos de trabajador acreditan que cada persona que entra en tu centro está dada de alta, formada para su puesto y apta para trabajar. Son los que más caducan, así que conviene revisarlos con más frecuencia que los de empresa.

DocumentoPor qué se pideBase legal
Alta en la Seguridad Social (o recibo de autónomo, si lo es)Comprueba que el trabajador está dado de alta antes de empezarArt. 42 Estatuto de los Trabajadores; Seguridad Social
Formación en PRL del puestoAcredita que conoce los riesgos de su trabajoArt. 19 Ley 31/1995 y art. 10 RD 171/2004
Registro de información de riesgos recibidaAcredita que ha recibido la información sobre los riesgos y medidasArt. 18 Ley 31/1995 y art. 10 RD 171/2004
Certificado de aptitud médica (solo la conclusión «apto»)Indica que puede hacer el trabajo; necesario cuando el reconocimiento es obligatorio para el puestoArt. 22 Ley 31/1995
Registro de entrega de EPIMuestra que tiene los equipos de protección del puestoRD 773/1997
Autorizaciones y formaciones específicas (eléctrico, plataforma, carretilla…)Ver la tabla por tipo de mantenimientoNormativa específica

La Seguridad Social recuerda que las empresas que contraten o subcontraten servicios de forma continuada en sus centros deben comprobar la afiliación y el alta de los trabajadores del contratista antes de que empiecen (TGSS).

Documentos de equipos y maquinaria

Si el contratista de mantenimiento trae sus propios equipos de trabajo, exige que cumplan el RD 1215/1997 sobre equipos de trabajo. En la práctica suele pedirse:

  • Declaración CE de conformidad o, para equipos antiguos, certificado de adecuación al RD 1215/1997.
  • Registro de revisiones y mantenimiento de equipos como plataformas elevadoras, grúas o carretillas.
  • Seguro y documentación del vehículo, si entra en tu instalación.

Documentos extra según el tipo de mantenimiento

El tipo de mantenimiento cambia lo que debes exigir. Esta tabla resume los documentos adicionales más habituales; tu servicio de prevención debe ajustarla a los riesgos reales de tu centro.

Tipo de trabajoDocumentos adicionalesBase legal o referencia
Mantenimiento eléctricoAcreditación de trabajador autorizado o cualificado, según el trabajoRD 614/2001
Trabajos en alturaFormación específica en altura y, si usa plataformas, formación del operadorRD 1215/1997 y RD 2177/2004
Espacios confinadosFormación específica, procedimiento de trabajo y designación del recurso preventivoArt. 32 bis Ley 31/1995
Trabajos en caliente (soldadura, corte)Formación, procedimiento y permiso de trabajo del titularProcedimientos internos del centro
Conducción de carretillasFormación y autorización del operadorRD 1215/1997
Mantenimiento que es obra de construcciónInscripción en el REA, libro de subcontratación y plan de seguridad y saludLey 32/2006 y RD 1627/1997

Si gestionas a decenas de contratistas de mantenimiento, el reto no es saber qué pedir, sino que cada contrata reciba la lista correcta y que nadie entre con un documento caducado. Twind permite configurar los requisitos por centro, actividad y puesto, y marcar cuáles son críticos para que un documento no válido bloquee el acceso del trabajador. Así puedes pedir la acreditación eléctrica solo a quien hace mantenimiento eléctrico. Más información en la plataforma CAE de Twind.

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Qué documentos no debes pedir a un contratista

Pedir más documentos de los necesarios no te da más seguridad jurídica y puede chocar con la protección de datos. La Agencia Española de Protección de Datos ha analizado en varios informes qué datos de los trabajadores de una contrata puede recibir la empresa principal, con un criterio de proporcionalidad (AEPD, informe 2009-0223).

Evita en especial:

  • Informes médicos completos. Basta el certificado de aptitud: el artículo 22 de la Ley 31/1995 solo permite al empresario conocer las conclusiones.
  • Nóminas o contratos de trabajo completos, si el alta en la Seguridad Social ya acredita lo que necesitas.
  • DNI por las dos caras de forma sistemática, cuando solo necesitas identificar al trabajador.

Ejemplo práctico: contrata de mantenimiento eléctrico

Ejemplo ilustrativo. Una planta de alimentación contrata a una empresa de mantenimiento eléctrico con 8 técnicos para revisar cuadros y hacer intervenciones en baja tensión. Antes del primer día, la planta pide:

  1. De la empresa: evaluación de riesgos y planificación de los trabajos eléctricos, concierto con su servicio de prevención, certificado de la Seguridad Social del art. 42, certificado de Hacienda para contratistas y seguro de responsabilidad civil.
  2. De cada técnico: alta en la Seguridad Social, formación en PRL del puesto, información de riesgos de la planta firmada, certificado de aptitud, entrega de EPI dieléctricos y acreditación de trabajador autorizado o cualificado según el RD 614/2001.
  3. De los equipos: declaración CE de los equipos de medida y registro de su última revisión.
  4. De la planta al contratista: información de los riesgos del centro, medidas de prevención y plan de emergencia, según los artículos 7 y 8 del RD 171/2004.

El último punto se suele olvidar: la CAE es un intercambio en las dos direcciones, no solo una petición de documentos.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio pedir documentación a un contratista de mantenimiento?

Sí, cuando el contratista trabaja en tu centro. El artículo 24 de la Ley 31/1995 y el RD 171/2004 obligan a coordinar la prevención entre empresas concurrentes. Si además el mantenimiento es de tu propia actividad, el artículo 10 del RD 171/2004 te obliga a exigir por escrito la evaluación de riesgos, la planificación preventiva y la formación e información de sus trabajadores.

¿El mantenimiento cuenta como propia actividad?

Depende del caso. Se valora si el servicio es imprescindible para el ciclo productivo de tu empresa. En plantas industriales, el mantenimiento de las líneas de producción se ha considerado con frecuencia propia actividad, pero conviene que lo valore tu asesoría jurídica.

¿Cada cuánto hay que revisar la documentación de un contratista?

No hay un plazo único: cada documento tiene su caducidad. La evaluación de riesgos se revisa cuando cambian los trabajos, el certificado de Hacienda para contratistas tiene validez de 12 meses y las formaciones y aptitudes caducan según su emisión. Lo práctico es controlar caducidades por documento y no por fecha de contrato.

¿Qué pasa si el contratista subcontrata parte del mantenimiento?

Las mismas obligaciones se extienden a la subcontrata. Pide el listado de subcontratas y exige los mismos documentos a cada una. Además, el contratista debe coordinarse con sus subcontratas, y tú debes comprobar que lo hace.

¿Puedo pedir el reconocimiento médico del trabajador?

No el informe completo. Puedes pedir el certificado de aptitud, que solo indica si el trabajador es apto para el puesto. El artículo 22 de la Ley 31/1995 protege la confidencialidad de los datos de salud.

Conclusión

A un contratista de mantenimiento en España debes exigirle documentos de empresa (evaluación y planificación preventiva, modalidad preventiva, certificados de Seguridad Social y Hacienda), documentos de cada trabajador (alta, formación, información, aptitud y EPI), documentos de sus equipos y los específicos del tipo de trabajo. Pídelos antes del inicio, controla las caducidades y no pidas más de lo necesario. Si quieres ver cómo encaja esta documentación en el resto de la CAE, consulta la guía de coordinación de actividades empresariales en el sector industrial.

Fuentes oficiales: Ley 31/1995 · RD 171/2004 · Estatuto de los Trabajadores · RD 614/2001 · RD 1215/1997 · Directrices CAE del INSST (2024)

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