La subcontratación se ha convertido en una estrategia empresarial fundamental en España, especialmente tras la consolidación de la Ley 32/2006. Para profesionales de prevención de riesgos laborales y empresarios del sector industrial, comprender este marco regulatorio no es solo una necesidad legal, sino una ventaja competitiva que garantiza operaciones seguras y eficientes.
Esta guía completa te proporcionará todas las claves para gestionar la subcontratación de forma compliance, desde los requisitos básicos hasta las responsabilidades en PRL, con un enfoque práctico diseñado específicamente para el entorno empresarial español.
Qué es la Subcontratación: Definición y Conceptos Clave
La subcontratación es una práctica empresarial mediante la cual una organización contrata a otra empresa externa para que realice determinadas actividades, servicios u obras que, en condiciones normales, podría ejecutar con sus propios medios humanos y materiales.
Características Esenciales de la Subcontratación
Para que una relación comercial se considere verdadera subcontratación, deben concurrir estos elementos:
- Autonomía empresarial: La empresa subcontratada debe tener organización productiva propia
- Asunción de riesgos: Debe desarrollar la actividad por su cuenta y riesgo
- Medios propios: Contar con trabajadores bajo su dependencia y recursos materiales
- Especialización: Aportar conocimiento técnico específico o capacidad adicional
Diferencias fundamentales entre outsourcing y tercerización
Aunque estos términos suelen utilizarse como sinónimos de subcontratación, existen matices importantes:
Outsourcing (externalización): Transferencia completa de una función empresarial a un proveedor externo especializado. Ejemplo: externalizar completamente el departamento de nóminas.
Tercerización: Delegación parcial de procesos manteniendo cierto control interno. Ejemplo: contratar servicios de limpieza para las instalaciones.
Subcontratación: Contratación de empresas para ejecutar partes específicas de un proyecto mayor. Ejemplo: contratar electricistas para la instalación eléctrica de una nave industrial.
Marco legal de la subcontratación en España
La subcontratación en España está regulada por:
- Artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores: Normativa general aplicable a todos los sectores
- Ley 32/2006: Regulación específica para el sector de la construcción
- Real Decreto 1109/2007: Desarrollo reglamentario de la Ley 32/2006
- Ley 31/1995 de PRL: Obligaciones específicas en prevención de riesgos
Diferencia entre Contrata y Subcontrata: Claves para Distinguirlas
Una de las confusiones más habituales en el ámbito empresarial es la distinción entre contrata y subcontrata. Comprender esta diferencia es crucial para aplicar correctamente las obligaciones legales correspondientes.
Características de una empresa contratista
La empresa contratista (también denominada contratista principal) presenta estas características:
- Relación directa con el cliente: Mantiene el contrato principal con el promotor o empresa matriz
- Responsabilidad global: Asume la responsabilidad total del proyecto o servicio contratado
- Gestión integral: Coordina todos los aspectos del trabajo, incluyendo subcontratas si las hubiera
- Supervisión: Ejerce control directo sobre la calidad y plazos de ejecución
Ejemplo práctico: Una empresa de construcción que firma el contrato principal para construir una nave industrial actúa como contratista principal.
Requisitos para ser empresa subcontratista
La empresa subcontratista debe cumplir requisitos específicos establecidos en la Ley 32/2006:
Requisitos Organizativos Básicos
- Organización productiva propia:
- Estructura empresarial con elementos personales y materiales
- Patrimonio y domicilio social propio
- Capacidad de gestión independiente
- Asunción de responsabilidades:
- Asumir riesgos propios de la actividad empresarial
- Responder de las obligaciones laborales y de seguridad social
- Ejercer facultades directivas sobre sus trabajadores
Requisitos Específicos para Construcción
Para actuar como subcontratista en construcción, además se requiere:
- Inscripción en el REA (Registro de Empresas Acreditadas)
- Formación en PRL: Recursos humanos con formación específica en prevención
- Porcentaje de indefinidos: Mínimo 30% de trabajadores con contrato indefinido
- Solvencia técnica y económica: Demostrar capacidad para ejecutar los trabajos
Niveles de subcontratación permitidos por ley
La Ley 32/2006 establece limitaciones claras en la cadena de subcontratación:
Nivel | Descripción | Ejemplo |
Contratista | Contrato directo con promotor | Constructora principal |
1er Subcontratista | Contrata con el contratista | Empresa de albañilería |
2º Subcontratista | Contrata con 1er subcontratista | Especialista en alicatados |
3er Nivel | PROHIBIDO salvo autorización | Solo casos excepcionales |
⚠️ IMPORTANTE: El tercer nivel de subcontratación requiere autorización expresa de la dirección facultativa y justificación de especialización técnica.
Ley 32/2006: Marco Regulatorio de la Subcontratación en Construcción
La Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, representa un hito normativo en la mejora de las condiciones laborales y de seguridad en uno de los sectores con mayor siniestralidad laboral en España.
Objetivos y ámbito de aplicación
Objetivos Principales
- Mejorar la seguridad y salud laboral: Reducir los altos índices de siniestralidad del sector
- Controlar las cadenas de subcontratación: Evitar el «encadenamiento sucesivo injustificado»
- Garantizar la calidad empresarial: Asegurar que las empresas cumplen requisitos mínimos
- Incrementar la transparencia: Mediante sistemas documentales obligatorios
Ámbito de Aplicación
La ley se aplica a contratos de subcontratación para:
- Obras de construcción según RD 1627/1997
- Trabajos de construcción, rehabilitación, reparación, alteración, demolición
- Mantenimiento, conservación y restauración de edificaciones
- Trabajos de excavación, movimiento de tierras y túneles
Exclusiones: Obras que un cabeza de familia puede contratar para su vivienda familiar.
REA: Registro de Empresas Acreditadas
El Registro de Empresas Acreditadas (REA) es un instrumento fundamental de la Ley 32/2006 que garantiza la solvencia de las empresas participantes en obras de construcción.
Características del REA
- Carácter obligatorio: Inscripción preceptiva para contratar/subcontratar
- Ámbito autonómico: Gestionado por cada Comunidad Autónoma
- Validez nacional: La inscripción en una CCAA vale para toda España
- Renovación: Debe mantenerse actualizado periódicamente
Requisitos para la Inscripción
- Capacidad técnica:
- Personal directivo con formación en PRL
- Trabajadores con formación preventiva específica
- Organización preventiva conforme a la Ley 31/1995
- Solvencia económica:
- Estar al corriente de pagos con Seguridad Social y Hacienda
- Demostrar capacidad financiera suficiente
- Estabilidad en el empleo:
- 30% mínimo de trabajadores indefinidos (desde abril 2010)
- Evolución gradual desde la entrada en vigor
Libro de subcontratación: documentación obligatoria
El Libro de Subcontratación es el documento central de control y transparencia establecido por la ley.
Contenido Obligatorio
- Datos de identificación de cada subcontratista
- Objeto y ámbito de los trabajos subcontratados
- Fechas de inicio y finalización previstas
- Número de trabajadores previstos
- Identificación del responsable de coordinación de seguridad
Características del Libro
- Ubicación: Debe permanecer en la obra durante toda la ejecución
- Acceso: Disponible para autoridad laboral, representantes de trabajadores, etc.
- Conservación: 5 años tras finalización de la obra
- Formato: Según modelo oficial establecido en el RD 1109/2007
Empresa Subcontratista: Requisitos y Obligaciones Legales
Para operar legalmente como empresa subcontratista en España, especialmente en el sector de la construcción, es imprescindible cumplir un conjunto de requisitos técnicos, formativos y organizativos que garanticen la calidad y seguridad del trabajo realizado.
Requisitos organizativos y técnicos
Estructura Empresarial Mínima
Una empresa subcontratista debe demostrar:
- Organización productiva propia:
- Estructura organizativa definida con responsabilidades claras
- Medios materiales propios (equipos, herramientas, maquinaria)
- Personal suficiente y cualificado para la actividad
- Sistema de gestión de calidad (recomendable)
- Autonomía operativa:
- Capacidad de planificación independiente
- Sistema de control de calidad propio
- Procedimientos documentados de trabajo
- Capacidad de respuesta ante imprevistos
- Solvencia técnica:
- Experiencia demostrable en actividades similares
- Referencias de trabajos anteriores
- Certificaciones técnicas específicas del sector
- Seguros de responsabilidad civil profesional
Documentación Acreditativa Necesaria
- Escritura de constitución y estatutos sociales
- Alta en actividades económicas correspondientes
- Pólizas de seguros (RC, accidentes de trabajo, etc.)
- Certificados de calidad (ISO 9001, ISO 14001, etc.)
- Contratos tipo utilizados habitualmente
Formación en prevención de riesgos laborales
La formación en PRL constituye uno de los pilares fundamentales para las empresas subcontratistas, especialmente desde la entrada en vigor de la Ley 32/2006.
Niveles de Formación Obligatoria
Personal Directivo (20 horas mínimo):
- Gestión de la prevención de riesgos laborales
- Coordinación de actividades empresariales
- Planificación de la actividad preventiva
- Técnicas de evaluación y control de riesgos
Personal Operativo (Según oficios):
- Oficios básicos: 6 horas de formación inicial + 6 horas específicas
- Oficios cualificados: 20 horas específicas del puesto
- Trabajadores con responsabilidades: Formación adicional en supervisión
Modalidades de Organización Preventiva
Las empresas subcontratistas deben contar con organización preventiva mediante:
- Asunción personal (empresario con capacitación)
- Trabajador designado (con formación de nivel superior)
- Servicio de prevención propio (empresas >500 trabajadores)
- Servicio de prevención ajeno (modalidad más común)
Porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos
La estabilidad en el empleo es un requisito fundamental establecido por la Ley 32/2006 para combatir la precariedad laboral en el sector.
Evolución de los Porcentajes Mínimos
Período | Porcentaje Mínimo | Observaciones |
19/04/2007 – 18/10/2008 | 10% | Período de adaptación inicial |
19/10/2008 – 18/04/2010 | 20% | Incremento progresivo |
Desde 19/04/2010 | 30% | Porcentaje definitivo |
Cálculo del Porcentaje
- Base de cálculo: Promedio de trabajadores en los 12 meses anteriores
- Trabajadores computables: Solo los adscritos a actividades de construcción
- Momento de verificación: En el momento de la contratación/subcontratación
- Excepciones: Empresas de nueva creación (6 primeros meses)
Consecuencias del Incumplimiento
El no cumplimiento de los porcentajes mínimos conlleva:
- Prohibición de contratar/subcontratar en obras de construcción
- Sanciones administrativas (multas de 3.006 a 90.151 euros)
- Exclusión temporal del REA
- Responsabilidad solidaria de la empresa contratante
Ventajas y Desventajas de la Subcontratación para Empresas
La subcontratación presenta un balance de beneficios y riesgos que las empresas deben evaluar cuidadosamente antes de implementar esta estrategia organizativa.
Beneficios: especialización y flexibilidad
Ventajas Operativas
- Especialización técnica:
- Acceso a conocimiento específico y actualizado
- Utilización de tecnología de vanguardia sin inversión propia
- Aprovechamiento de economías de escala del subcontratista
- Mejora de la calidad técnica del producto final
- Flexibilidad organizativa:
- Adaptación rápida a picos de demanda
- Reducción de estructura fija de personal
- Capacidad de respuesta ante nuevos mercados
- Escalabilidad del negocio sin inversiones proporcionales
- Ventajas financieras:
- Conversión de costes fijos en variables
- Liberación de capital para actividades core
- Mejora del flujo de caja
- Reducción de necesidades de financiación
Beneficios Estratégicos
- Concentración en core business: Focalización en actividades de mayor valor añadido
- Velocidad de implementación: Puesta en marcha rápida de nuevos proyectos
- Reducción de riesgos operativos: Transferencia de riesgos específicos al especialista
- Acceso a mercados: Aprovechamiento de redes comerciales del subcontratista
Riesgos: pérdida de control y responsabilidad solidaria
Riesgos Operativos
- Pérdida de control directo:
- Menor control sobre procesos y calidad
- Dependencia de terceros para actividades críticas
- Dificultades en la coordinación temporal
- Riesgo de filtración de información confidencial
- Riesgos relacionales:
- Posible competencia futura del subcontratista
- Pérdida de contacto directo con clientes finales
- Dificultades de comunicación interna
- Conflictos de intereses potenciales
Riesgos Legales y de Compliance
Responsabilidad Solidaria en PRL:
- La empresa principal responde solidariamente por incumplimientos preventivos
- Obligación de verificar competencia técnica del subcontratista
- Necesidad de coordinación efectiva de actividades empresariales
- Posibles sanciones por incumplimientos del subcontratista
Responsabilidad Laboral y de Seguridad Social:
- Obligación de verificar estar al corriente de pagos
- Respuesta subsidiaria por deudas salariales
- Control de cumplimiento de convenios colectivos aplicables
Análisis coste-beneficio
Factores de Evaluación Económica
Factor | Impacto Positivo | Impacto Negativo |
Costes laborales | Reducción 15-30% | Pérdida economías internas |
Inversiones | Ahorro 40-60% | Coste coordinación 5-10% |
Flexibilidad | Adaptabilidad +50% | Dependencia externa |
Calidad | Mejora especializada | Variabilidad proveedores |
Riesgos legales | Transferencia parcial | Responsabilidad solidaria |
Recomendaciones para la Evaluación
- Análisis de criticidad: Evaluar importancia estratégica de la actividad
- Estudio de mercado: Identificar subcontratistas cualificados disponibles
- Evaluación de riesgos: Analizar exposición legal y operativa
- Cálculo TCO: Considerar costes totales, no solo los directos
- Plan de contingencia: Preparar alternativas ante fallos del subcontratista
Responsabilidades en Prevención de Riesgos Laborales
La gestión de la prevención de riesgos laborales en contextos de subcontratación requiere un conocimiento preciso del reparto de responsabilidades entre las empresas intervinientes, especialmente tras las modificaciones introducidas por la Ley 54/2003.
Obligaciones de la empresa principal
La empresa principal (titular del centro de trabajo donde se desarrollan las actividades subcontratadas) asume responsabilidades específicas que van más allá del simple control contractual.
Deberes de Información
- Información sobre riesgos del centro de trabajo:
- Riesgos propios del centro que puedan afectar a los trabajadores subcontratados
- Medidas preventivas y de emergencia adoptadas
- Instrucciones específicas sobre métodos de trabajo seguros
- Identificación de personas responsables de coordinación
- Información recíproca:
- Los contratistas deben informar sobre riesgos que sus actividades puedan generar
- Comunicación de incidentes o situaciones de riesgo detectadas
- Actualización periódica de la información preventiva
Deberes de Vigilancia y Control
Verificaciones obligatorias:
- Que el contratista ha acreditado por escrito la información y formación de sus trabajadores
- Que se ha realizado la evaluación de riesgos de los puestos a desarrollar
- Cumplimiento de la normativa de prevención aplicable
Control continuo:
- Vigilancia del cumplimiento de las medidas preventivas acordadas
- Supervisión del uso correcto de equipos de protección
- Verificación del cumplimiento de procedimientos de seguridad
Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)
La Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) constituye el núcleo de la gestión preventiva en situaciones de concurrencia empresarial.
Marco Normativo de la CAE
Regulada por el RD 171/2004, la CAE establece:
- Ámbito: Cuando trabajadores de dos o más empresas desarrollen actividades en un mismo centro
- Objetivo: Garantizar la aplicación coherente y responsable de la normativa preventiva
- Responsables: Empresa titular y empresas contratistas según sus respectivos ámbitos
Modalidades de Coordinación
- Coordinación por la empresa titular:
- Cuando mantiene control efectivo sobre el centro de trabajo
- Responsabilidad de establecer medios y procedimientos
- Supervisión del cumplimiento por parte de contratistas
- Coordinación delegada:
- En contratista principal con capacidad técnica demostrada
- Mediante acuerdo expreso y por escrito
- Mantenimiento de responsabilidad por parte del titular
- Coordinación compartida:
- En situaciones de complejidad especial
- Definición clara de ámbitos de responsabilidad
- Sistemas de comunicación e información comunes
Herramientas de Coordinación
Documentación básica:
- Plan de coordinación: Documento base que establece metodología
- Fichas de empresa: Información específica de cada contratista
- Procedimientos operativos: Instrucciones de trabajo coordinado
- Registros de cumplimiento: Evidencias de verificación y control
Reuniones de coordinación:
- Inicial: Antes del inicio de actividades
- Periódicas: Según planificación establecida
- Extraordinarias: Ante cambios significativos o incidentes
Responsabilidad solidaria y subsidiaria
El régimen de responsabilidades en materia preventiva establece diferentes niveles según el tipo de incumplimiento y las circunstancias concurrentes.
Responsabilidad Solidaria
Supuestos de aplicación:
- Incumplimientos preventivos durante el desarrollo de la actividad
- Cuando existe control efectivo sobre las condiciones de trabajo
- En casos de coordinación deficiente o inexistente
Consecuencias prácticas:
- La administración puede sancionar directamente a cualquiera de las empresas responsables
- No es necesario acreditar la insolvencia de una para proceder contra otra
- Todas responden por el total de la sanción impuesta
Responsabilidad Subsidiaria
Características:
- Aplicación tras acreditar insolvencia del responsable principal
- Requiere procedimiento administrativo específico
- Limitada a casos expresamente previstos en la normativa
Criterios Jurisprudenciales
La jurisprudencia ha establecido criterios clarificadores:
- Control efectivo: La responsabilidad se intensifica cuando existe capacidad real de control
- Información previa: El conocimiento de riesgos agrava la responsabilidad
- Medios disponibles: La capacidad técnica y económica incrementa la exigencia
- Coordinación efectiva: La existencia de sistemas de coordinación puede atenuar la responsabilidad cuando se demuestre su correcta implementación
Preguntas Frecuentes sobre Subcontratación
¿Qué es la subcontratación laboral?
La subcontratación laboral es el proceso mediante el cual una empresa (principal) contrata a otra empresa externa (subcontratista) para que realice determinadas actividades con sus propios trabajadores, medios y organización. La empresa subcontratista asume la responsabilidad laboral directa sobre sus empleados, mientras mantiene autonomía en la ejecución del trabajo contratado.
¿Cuáles son las principales ventajas de la subcontratación?
Las ventajas principales incluyen:
- Especialización: Acceso a conocimiento técnico específico
- Flexibilidad: Adaptación rápida a cambios de demanda
- Reducción de costes: Conversión de gastos fijos en variables
- Focalización: Concentración en actividades core de la empresa
- Escalabilidad: Crecimiento sin inversiones proporcionales en estructura
¿Qué diferencia hay entre contrata y subcontrata?
Aspecto | Contrata | Subcontrata |
Relación contractual | Directa con cliente final | Indirecta a través del contratista |
Responsabilidad | Total del proyecto | Parcial, de su ámbito específico |
Nivel jerárquico | Primer nivel | Segundo o tercer nivel |
Coordinación | Con el cliente directamente | Con el contratista principal |
¿Cuándo es obligatorio el libro de subcontratación?
El libro de subcontratación es obligatorio en todas las obras de construcción que entren en el ámbito de la Ley 32/2006, independientemente de si efectivamente se subcontrata o no. Debe estar presente en obra desde el inicio de los trabajos y mantenerse actualizado con todas las subcontrataciones que se produzcan.
¿Qué requisitos debe cumplir una empresa subcontratista?
Los requisitos esenciales son:
Generales:
- Organización productiva propia
- Medios materiales y personales adecuados
- Asunción de riesgos empresariales
- Autonomía en la dirección del trabajo
Específicos construcción:
- Inscripción en el REA (Registro de Empresas Acreditadas)
- 30% mínimo de trabajadores indefinidos
- Formación en PRL del personal directivo y operativo
- Solvencia técnica y económica demostrada
¿Qué es el REA en construcción?
El REA (Registro de Empresas Acreditadas) es un registro público gestionado por las Comunidades Autónomas donde deben inscribirse obligatoriamente todas las empresas que deseen actuar como contratistas o subcontratistas en obras de construcción. Acredita el cumplimiento de requisitos de formación, prevención y calidad empresarial.
¿Cuáles son los niveles de subcontratación permitidos?
La Ley 32/2006 permite:
- Contratista principal: Contrato directo con el promotor
- Primer subcontratista: Contrata con el contratista principal
- Segundo subcontratista: Contrata con el primer subcontratista
- Tercer nivel: PROHIBIDO salvo autorización excepcional por especialización técnica
¿Qué responsabilidades tiene la empresa principal?
La empresa principal tiene obligaciones específicas en:
Información y coordinación:
- Informar sobre riesgos del centro de trabajo
- Establecer medios de coordinación preventiva
- Vigilar cumplimiento de medidas preventivas
Verificación y control:
- Comprobar estar al corriente de Seguridad Social
- Verificar formación e información de trabajadores
- Controlar aplicación de medidas preventivas acordadas
Responsabilidad solidaria/subsidiaria:
- Responder por incumplimientos preventivos
- Asumir deudas salariales en ciertos casos
- Garantizar aplicación de convenios colectivos
Conclusiones y Recomendaciones
La subcontratación en España representa una herramienta estratégica fundamental para la competitividad empresarial, especialmente cuando se gestiona con un conocimiento profundo del marco regulatorio y las mejores prácticas preventivas.
Claves para una Subcontratación Exitosa
- Due diligence riguroso: Verificación exhaustiva de capacidades y cumplimiento legal del subcontratista
- Coordinación efectiva: Implementación de sistemas CAE robustos y documentados
- Seguimiento continuo: Monitorización permanente del cumplimiento contractual y legal
- Gestión de riesgos: Identificación y mitigación proactiva de exposiciones legales
- Documentación completa: Mantenimiento de registros detallados para evidenciar compliance
Recomendaciones para Profesionales PRL
- Especialización normativa: Mantenerse actualizado en cambios regulatorios
- Herramientas digitales: Implementar plataforma de gestión CAE
- Formación continua: Actualizar conocimientos en coordinación empresarial
- Red profesional: Establecer contactos con subcontratistas de calidad contrastada
Perspectivas Futuras
La evolución hacia una digitalización de los procesos de subcontratación, junto con el incremento de exigencias en sostenibilidad y compliance, configuran un escenario donde la gestión profesional de estas relaciones empresariales será cada vez más determinante para el éxito competitivo.
El dominio de estos conocimientos no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que constituye una ventaja competitiva sostenible en el actual entorno empresarial español.